Tribunal Fiscal el requisito clave para generar crédito fiscal del IGV

Tribunal Fiscal: el requisito clave para generar crédito fiscal del IGV

El Tribunal Fiscal volvió a enfatizar un criterio que ya venía aplicándose: la sola existencia del comprobante no garantiza el crédito fiscal. La administración puede exigir sustento de la realidad de la operación (fehaciencia) y que el gasto/compra esté vinculado a operaciones gravadas. Si no se cumplen las condiciones formales y sustanciales, el IGV no es acreditable.


Requisitos que debes cuidar siempre

  1. Feciencia (realidad de la operación)

    • Contratos, órdenes de compra/servicio, guías de remisión, correos, fotos de recepción, constancias de transporte, etc.

    • Identifica al proveedor y la trazabilidad del bien/servicio.

  2. Vinculación con la actividad gravada

    • La compra/servicio debe destinarse a operaciones afectas al IGV (o a exportaciones).

    • Evita mezclar gastos personales o de actividades no gravadas.

  3. Comprobante válido

    • Factura electrónica emitida correctamente (RUC, descripción, IGV, fecha).

    • Sin “bajas” o anulaciones posteriores.

    • Que el emisor no esté en situación que invalide el crédito (ej. comprobantes no fehacientes).

  4. Registro oportuno

    • Anota el comprobante en Registros de Compras/PLE dentro del plazo permitido.

    • Si usas el Registro de Compras de Reparación, sustenta el motivo y respeta plazos.

  5. Medio de pago (bancarización cuando corresponda)

    • Para montos sujetos a la Ley de Bancarización, usa transferencia, depósito, cheque no negociable o tarjeta.

    • Conserva vouchers/constancias y concílialos.


Ejemplos rápidos

  • Compra de insumos: factura válida, guía de remisión, kardex/ingreso a almacén, orden de compra y pago por transferencia. Acreditable.

  • Servicio de consultoría: contrato/orden de servicio, informe de entregables y conformidad de servicio, factura emitida y registrada, pago bancarizado. Acreditable.

  • Factura sin sustento (no hay evidencia de recepción ni vinculación con la actividad): la SUNAT puede desconocer el crédito.


Checklist descargable

  • Ficha del proveedor (RUC activo, domicilio habido).

  • Contrato/orden de compra o servicio.

  • Evidencia de recepción (guía, acta, fotos, correo de conformidad).

  • Comprobante electrónico válido.

  • Registro en PLE/Compras.

  • Medio de pago bancarizado (si aplica).

  • Vinculación con operaciones gravadas (política contable/centro de costo).


¿Qué hacer si detectas riesgos?

  1. Reúne evidencias de la operación (carga probatoria).

  2. Regulariza registros en el PLE si aún estás en plazo.

  3. Corrige descripciones de comprobantes si son muy genéricas.

  4. Formaliza políticas internas de compras y archivo documental.


Conclusión

Para aprovechar el crédito fiscal del IGV no alcanza con “tener la factura”. El estándar práctico es: comprobante válido + operación real + vinculación + registro + medio de pago. Si cuidas estos cinco frentes, reduces contingencias y te defiendes mejor ante cualquier verificación.

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