SUNAT puede embargar pagos dirigidos a consorcios por deudas de sus miembros
Un reciente informe de la SUNAT ha generado alerta en el sector empresarial: los embargos tributarios ahora pueden afectar directamente los pagos destinados a consorcios, debido a deudas de alguno de sus integrantes.
Este cambio tiene un impacto importante, ya que muchos contratos públicos y privados en el Perú se ejecutan bajo la figura de consorcios, en los cuales varias empresas se agrupan temporalmente para cumplir una obra o servicio, manteniendo contabilidad y RUC independientes.
🧩 ¿Qué implica este embargo?
🔹 SUNAT ha confirmado que puede retener pagos hechos a un consorcio si uno de sus integrantes registra una deuda tributaria en cobranza coactiva.
🔹 Esta medida se sustenta en la RTF N.° 0692-2023 emitida por la propia administración tributaria.
🔹 Puede aplicar incluso sin que haya notificación directa al consorcio sobre la deuda del integrante moroso.
🔎 Opinión de los expertos
Según Jorge Dávila Carbajal, del Estudio Rubio Leguía Normand, esta práctica podría generar distorsiones graves, ya que se aplicaría un embargo sobre un monto total sin diferenciar qué parte corresponde al socio con la deuda.
Además, podría afectar la ejecución de obras públicas y servicios privados, complicando la participación de consorcios en licitaciones o la planificación financiera del grupo.