Previsiones ante casos de embargo y retención de la CTS

Previsiones ante casos de embargo y retención de la CTS: Lo que debes saber antes del depósito de noviembre 2025

El sábado 15 de noviembre vence el plazo para que los empleadores realicen el depósito de la CTS correspondiente al periodo mayo 2025 – octubre 2025.
Este beneficio cumple una función clave: servir como respaldo económico para el trabajador frente a una eventual pérdida del empleo. Sin embargo, existen situaciones especiales —como embargos, retenciones y excepciones de derecho— que deben ser comprendidas con claridad.

En este artículo te explicamos qué previsiones deben tomar empleadores y trabajadores ante embargos de CTS, quiénes no tienen derecho al beneficio, y cómo manejar estos escenarios con base en la normativa vigente.


🔹 ¿Qué pasa si la CTS está embargada?

Los depósitos de CTS pueden ser objeto de embargo hasta el 50%, únicamente en casos relacionados con deudas alimentarias.
Esto quiere decir:

  • La retención puede alcanzar hasta la mitad del monto depositado.

  • El trabajador no puede elegir evitar el depósito, incluso si tiene procesos judiciales.

  • La CTS debe depositarse obligatoriamente en la entidad financiera designada por el trabajador.

  • Si existe un mandato judicial, el banco puede ejecutar directamente la retención.

💡 Importante: Para otro tipo de deudas (tarjetas, préstamos, procesos civiles), la CTS no puede ser embargada, debido a su carácter protector.


🔹 ¿Quiénes NO tienen derecho a CTS?

Es fundamental identificar los casos en los que la ley establece que el trabajador no genera este beneficio:

❌ No acceden a CTS:

  • Quienes laboran menos de 4 horas diarias.

  • Trabajadores que perciben el 30% o más de las tarifas del público, como comisionistas o destajeros.

  • Colaboradores de microempresas contratados después de su inscripción en el REMYPE.

  • Trabajadores con remuneración anual integral, regulados por el artículo 8 del D. Leg. 728.


🔹 Cálculo de CTS según tipo de empresa

🟦 Medianas y grandes empresas

El depósito equivale al 50% del sueldo de octubre, más 1/6 de la gratificación de julio.

🟩 Micro y pequeñas empresas

La CTS depende de:

  • La inscripción de la empresa en el REMYPE.

  • La fecha de contratación del trabajador.


🔹 ¿Cómo prever problemas por embargos antes del depósito?

Aquí algunas recomendaciones prácticas:

✅ 1. Verifica si existe un proceso judicial

Muchos trabajadores desconocen procesos de alimentos en su contra.
Se recomienda consultar:

  • El Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE)

  • La mesa de partes del Poder Judicial

✅ 2. Comunica al empleador el banco elegido

Incluso con embargo, la CTS debe ingresarse en la entidad elegida por el colaborador.

✅ 3. Evalúa la disponibilidad del 100%

Actualmente, según la Ley N.° 32027, los trabajadores pueden disponer del 100% de su CTS sin trámites adicionales.
Sin embargo, si existe una orden de embargo, esta prevalece antes del retiro.

✅ 4. Asesoría profesional

Tanto empleadores como colaboradores deben solicitar orientación contable o legal para evitar contingencias o incumplimientos.


🔹 Conclusión

La CTS no solo es un ahorro obligatorio, sino también un respaldo económico fundamental para los trabajadores. Conocer quién accede, cómo se calcula, qué límites de embargo aplican y cómo prevenir problemas permite una gestión transparente y ajustada a la normativa.

Guárdate esta guía y compártela con tu equipo.
Mientras más informados estén, menos riesgos asumirán tanto la empresa como el trabajador.

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