¿Quiénes serán inscritos de oficio en el RUC según la nueva normativa de SUNAT?
La SUNAT ha ampliado los supuestos de inscripción de oficio en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), con el fin de incorporar a aquellas personas naturales o jurídicas que, por su nivel de ingresos, patrimonio o actividad económica, deben tributar aunque no se hayan inscrito voluntariamente.
Esto forma parte de las medidas dispuestas por la Resolución de Superintendencia N.° 130-2024/SUNAT, que busca una mayor formalización y control tributario.
🧾 ¿Quiénes están incluidos entre los nuevos obligados a inscribirse en el RUC de oficio?
📌 1. Propietarios de 5 o más inmuebles
Si el valor total de los inmuebles supera las 126 UIT (S/ 648,900.00), la persona será inscrita de oficio.
📌 2. Propietarios de acciones o participaciones
Aquellos con acciones o participaciones en empresas, tanto nacionales como extranjeras, por un valor mayor a 100 UIT (S/ 515,000.00).
📌 3. Compradores frecuentes de bienes sujetos a percepción
Si las adquisiciones anuales superan las 10 UIT (S/ 51,500.00).
📌 4. Personas con intereses bancarios altos
Cuando los intereses de depósitos en el sistema financiero excedan 300 UIT (S/ 1,545,000.00).
📌 5. Solicitantes de préstamos corporativos
Empresas o personas con deudas superiores a 10 UIT (S/ 51,500.00) con el sistema financiero.
📌 6. Propietarios de vehículos de carga pesada
Quienes hayan contratado SOAT para vehículos de carga (categorías N2 y N3) también serán inscritos.
⚙️ ¿Qué implica la inscripción de oficio?
La SUNAT registrará automáticamente al contribuyente en el RUC y notificará mediante su portal o buzón electrónico.
Si el contribuyente considera que no corresponde su inscripción, podrá presentar su descargo dentro de los 10 días hábiles posteriores a la notificación.
💡 Importante tener en cuenta
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Estos nuevos criterios aplican conforme a la R.S. N.° 130-2024/SUNAT.
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La medida busca ampliar la base tributaria y formalizar actividades económicas no declaradas.
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Se recomienda revisar periódicamente el listado de notificados en la web oficial de SUNAT.
👉 Consulta si estás en el listado de inscripción de oficio en el RUC