Contribuyentes no serán sancionados por no emitir Guías de Remisión Electrónicas hasta el 30 de junio de 2025
SUNAT extiende hasta el 30 de junio la no aplicación de sanciones por no emitir GRE
La SUNAT ha dispuesto ampliar la discrecionalidad para no sancionar a los contribuyentes que no emitan la Guía de Remisión Electrónica (GRE), en sus versiones de Remitente y/o Transportista, como parte de la implementación gradual de este sistema digital de control tributario.
Esta medida fue oficializada mediante la Resolución N° 000046-2024-SUNAT/700000, y busca facilitar el cumplimiento tributario, especialmente para aquellos contribuyentes que están en proceso de adecuación a los nuevos requisitos de emisión electrónica.
📅 Plazo de gracia: hasta el 30 de junio de 2025
❗ Excepciones importantes
La ampliación de la discrecionalidad no aplica si la infracción está relacionada con la remisión de los siguientes bienes:
-
Azúcar
-
Alcohol etílico
-
Arroz pilado (afecto al IVAP)
Estos productos seguirán sujetos a la fiscalización regular y a las sanciones correspondientes si no se emiten las GRE respectivas.
📌 Recomendación contable
Se recomienda a las empresas y transportistas continuar con el proceso de adecuación a la GRE, ya que la SUNAT ha mostrado una política clara de digitalización obligatoria. Esta prórroga es temporal y las sanciones volverán a aplicarse con total normalidad a partir de julio.
📚 En el blog de Thalía Sánchez, Contadora Pública Colegiada, encontrarás esta y muchas otras orientaciones contables y laborales. ¡Mantente al día con tus derechos y obligaciones laborales y tributarias! 💼📝