Consorcios extintos también pueden ser fiscalizados por SUNAT

Consorcios extintos también pueden ser fiscalizados por SUNAT

La SUNAT ahora podrá fiscalizar a consorcios que ya han sido extinguidos, según una reciente decisión del Tribunal Fiscal. Esta medida establece que, a pesar de que un consorcio haya sido disuelto o liquidado, la administración tributaria puede revisarlo incluso años después de su cese.

En el caso analizado, un consorcio del año 2009 que operaba con contabilidad independiente fue disuelto y cerrado en 2015. Sin embargo, en 2018, la SUNAT inició una fiscalización retroactiva, hecho que fue validado por el Tribunal Fiscal al determinar que el RUC del consorcio, al estar vinculado a una persona jurídica, puede ser objeto de verificación posterior.

Este fallo aclara que la figura jurídica del consorcio, cuando posee un RUC, puede mantenerse sujeta a fiscalización, incluso si ya no está en funcionamiento. Se trata de una decisión que podría tener importantes repercusiones para empresas que participaron en consorcios, sobre todo si estos manejaron contabilidad independiente y fueron responsables de tributos.

⚠️ Importante: Esta decisión refuerza la tendencia de la SUNAT hacia una fiscalización más estricta y retroactiva, y subraya la importancia de mantener la documentación tributaria completa y ordenada, incluso después del cierre de operaciones.

📌 Fuente oficial: Diario Gestión, 1 de julio de 2025

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