SUNAT establece procedimiento para presentación de carta fianza en reclamaciones tributarias extemporáneas

SUNAT establece procedimiento para presentación de carta fianza en reclamaciones tributarias extemporáneas

El día de hoy se ha publicado en el diario oficial «El Peruano» la Resolución de Superintendencia N° 000224-2025/SUNAT, que establece claramente las condiciones y procedimientos necesarios para la presentación de la carta fianza dentro del procedimiento contencioso tributario. Este procedimiento aplica específicamente a la admisión de los recursos de reclamación y apelación presentados fuera del plazo establecido, así como para los medios probatorios extemporáneos en la etapa de reclamación.

Esta normativa busca dar mayor claridad y seguridad jurídica a los contribuyentes que necesitan recurrir al procedimiento contencioso tributario cuando han excedido los plazos regulares, permitiendo que presenten garantías a través de una carta fianza.

Es fundamental que los contribuyentes conozcan los requisitos detallados en esta resolución para evitar el rechazo de sus recursos y medios probatorios, asegurando así una defensa adecuada y oportuna ante la SUNAT.

📌 Recomendaciones clave:

  • Verifica detalladamente las condiciones especificadas en la resolución.
  • Asegura el cumplimiento del procedimiento formal para presentar la carta fianza.
  • Consulta con tu asesor tributario para adecuarte correctamente a esta nueva normativa.

🔍 Puedes acceder a la Resolución completa aquí: Resolución N° 000224-2025/SUNAT

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