Se elimina obligación de contratar asistenta social en empresas privadas: conoce la nueva normativa laboral
Con la publicación del **Decreto Supremo N.º 005-2025-TR**, el Gobierno ha oficializado la derogación del Decreto Supremo N.º 009-65, norma que durante décadas obligaba a determinadas empresas a contratar una asistenta social como parte de su estructura organizacional.
¿Qué cambia con esta nueva disposición?
Antes:
El incumplimiento de la contratación de una asistenta social era considerado una infracción administrativa.
Ahora:
La infracción se redefine como la “no contar con una dependencia adecuada de relaciones industriales o un reglamento interno de trabajo, cuando corresponda”, eliminando así la exigencia directa de contratar dicho perfil profesional.
Esta modificación responde al mandato del Decreto Supremo N.º 059-2025-PCM, que obliga a todas las entidades del Estado a derogar o modificar barreras burocráticas ilegales o carentes de razonabilidad, como lo ha señalado el INDECOPI en sus informes.
¿A quiénes aplica esta derogación?
Principalmente a las empresas privadas que estaban obligadas por el antiguo Decreto Supremo N.º 009-65, emitido en 1965. Esta actualización busca adecuar la normativa laboral a un entorno más moderno y flexible, respetando los principios de legalidad y razonabilidad.
Recomendación profesional
Aunque la obligación se ha eliminado, es fundamental que las empresas mantengan mecanismos adecuados de gestión del clima laboral, atención al personal y cumplimiento normativo interno, ya sea mediante una dependencia de relaciones industriales o un sólido reglamento interno de trabajo.
📌 Si tienes dudas sobre cómo adaptar tu empresa a esta nueva disposición o necesitas actualizar tu reglamento interno, no dudes en consultar con tu asesora contable o legal de confianza.